Fiesta de impunidad y privilegio

Por: Linda Amézquita Mendoza

La pandemia que estamos viviendo amenaza a la población mundial, expone a los gobiernos y sus decisiones. En Guatemala, se han tomado diversas medidas; sin embargo, los casos positivos de COVID-19 siguen en aumento. ¿Qué puede suceder durante una pandemia en un país en el que el Estado de Derecho no se cumple?

Si algo ha hecho el Gobierno de Guatemala ha sido comunicar los cambios de disposiciones semanalmente, en este artículo no haré críticas a las disposiciones. El Presidente da su mensaje los domingos, se publican las medidas, se elaboran infografías para hacer entendible el contenido, los medios de comunicación hacen resúmenes, y más. Fue en la disposición presidencial a partir del 22 de marzo de 2020, que se establece un toque de queda que limita la libre locomoción entre las 4 p.m. y 4 a.m. del siguiente día y prohíbe toda clase de espectáculos públicos o reuniones (Gobierno de Guatemala, 2020 a, artículo 1, literal b 4 y literal e). Para el 3 de mayo de 2020, el Gobierno prohibió el consumo de bebidas alcohólicas a partir de las 5 p.m. a 4 a.m. del siguiente día (Gobierno de Guatemala, 2020 b).

A pesar de las disposiciones, en junio de 2020 empezó un alza grave en los casos positivos de COVID-19 en Guatemala. Para el 24 de junio de 2020, el gobierno informó 14 mil 540 casos positivos y los casos positivos del día alcanzaron a 771 contagiados. El grueso de casos activos se da entre el grupo etario de 21 a 30 años, seguido del grupo entre 31 a 40 años (Soy502, 2020 a). Básicamente, es la población joven la que ha sido más afectada, es de lo poco que se puede decir con el existente escaso acceso a datos de calidad.

Contra toda lógica de supervivencia y a pesar de todas las campañas que han insistido en usar mascarilla, respetar el distanciamiento social y evitar reuniones, el 12 de junio de 2020 en la mueblería O3 de Condado Concepción en Santa Catarina Pinula se desarrolló una fiesta clandestina. Donde, aparentemente, los asistentes celebraban los 100 días de cuarentena y realizaron diversas publicaciones en redes sociales donde se pueden ver: personas amenizando vestidas simulando un equipo de protección blanco como el que usa en los hospitales, varias pantallas LED, un Dj y un consumo de alcohol desmedido. Se estima que pueden haber sido más de 50 asistentes, en su mayoría menores de edad. Si consideramos que una sola persona asintomática haya ido a esa fiesta, pero con COVID-19 y que hay cinco miembros más en su casa, como mínimo, los 50 asistentes podrían haberse contagiado y a su vez, contagiado a 250 personas más.

En las fotos y videos se muestra que fue una fiesta con alta planificación y que no pudo ser pagada sólo por los jóvenes, tuvo que haber apoyo y conocimiento de sus encargados. Con la fiesta violaron las disposiciones de: toque de queda, de no reunirse y de no consumo de alcohol por la pandemia y en menores de edad.

Entre las imágenes de la fiesta, circuló una que decía “Hagan silencio que la policía está afuera”, lo cual hace concluir que fueron atrapados en flagrancia. Aunque la Policía Nacional Civil -PNC- ha manejado dos versiones: la primera, que no oyeron nada y sólo vieron carros salir por la parte de atrás del recinto; y la segunda, que sí entraron y los desalojaron, pero no realizaron ninguna captura. También circuló un audio donde un joven que aparentemente asistió a la fiesta decía que habían podido controlar a la policía e irse, evidenciando la debilidad institucional y la arbitrariedad en la implementación de protocolos. Ante esto, el Ministerio de Gobernación dijo que va a evaluar a los agentes que respondieron a dicho llamado y que la PNC entregaría un informe el miércoles 17 de junio de 2020, pero no se tiene conocimiento del mismo al momento de finalizar este artículo (El Periódico, 2020). En medio de la investigación, fue destituido el Director de la PNC sin haberle deducido algún tipo de responsabilidad del hecho (Prensa Libre, 2020). 

¿Cuáles son  los actores involucrados en esta fiesta clandestina y qué podrían haber hecho diferente?

  1. Los jóvenes, siendo el grupo de la población que tiene acceso a electricidad, teléfono inteligente individual y conectividad permanente a Internet, no pueden decir que no conocían las disposiciones presidenciales o las medidas de prevención para evitar la propagación de la pandemia. Decidieron ir a la fiesta, exponerse a ellos mismos, a su entorno inmediato y mediato. Una decisión socialmente egoísta.
  2. Los encargados de familia, siendo los responsables de los jóvenes, pudieron poner un límite y prohibirles salir de casa. Los jóvenes no tenían necesidad de salir por comida o por trabajo, como sí tienen necesidad miles de jóvenes en Guatemala.
  3. La empresa O3 es la responsable de haber dado el uso de sus instalaciones. Tampoco pueden alegar ignorancia y son directamente responsables. Recibió una sanción de Q500 mil impuesta por la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, ésta ya fue pagada y el local fue reabierto.
  4. La PNC, los encontró en flagrancia por lo que tenía que haber dividido al grupo en dos:
    1. Primero, a los mayores de edad, tuvo que aprehenderlos por vulnerar los derechos de los adolescentes. Llevarlos ante un juez de turno y dejar que éste impusiera la sanción. Hay delitos menores en los que el juez evalúa el nivel económico de la persona y establece un monto dinerario para su libertad. Sin embargo, podrían haberse cometido otro tipo de delitos más graves como: la trata de personas, y determinar una sanción de 8 a 18 años de prisión y multa (OJ, 1973, artículo 202).
    1. Segundo, los menores de edad, que se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas provistas por los mayores de edad. Se considera, en este caso que, los menores se encuentran vulnerables y requerían un resguardo de la PNC. Ante la ausencia de sus padres, debían avisar a la Procuraduría General de la Nación -PGN- para que resguardará su integridad.
  5. La PGN como ente responsable que ejerce la custodia del adolescente, al ver que no estaban con sus respectivos encargados de familia, tendría que haberles contactado para que se hicieran cargo de los adolescentes y presentarlos ante un juez de adolescentes.
  6. El Juez de adolescentes, tendría que evaluar la situación y sopesar los derechos y las vulneraciones de los menores. Finalmente, establecer una medida de protección o una sanción para los menores y sus encargados.
  7. El Ministerio Público -MP-, se encuentra realizando investigaciones de las cuales se espera una eficiente.
  8. La Municipalidad de Santa Catarina Pinula, emitió una sanción de Q500 mil, que la empresa ya pagó y la empresa ya reabrió. Podrían haber clausurado el recinto hasta terminada la pandemia para enviar un mensaje claro a la ciudadanía sobre el respeto a las disposiciones.
  9. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social debe dar seguimiento e identificar a todos los asistentes con la finalidad de realizar pruebas y evitar que la fiesta sea un foco de contagio.

Por otro lado, es indignante que a las cuatro mujeres vendedoras de verduras en Quetzaltenango fueron detenidas, a finales de mayo, por no cumplir con el horario del toque de queda, o el caso de Odilia Rancho Yache, vendedora de frutas, a quién la Municipalidad de San Juan Alotenango le quitó su producto, o Edgar Ic Pérez un distribuidor de alimentos que fue asesinado en zona 6 de Ciudad de Guatemala al se vincula un agente de la PNC (Prensa Comunitaria, 2020 a y b). Casos que demuestran la desigualdad y arbitrariedad de la imposición de las medidas presidenciales frente a la pandemia. No puede ser que unos paguen con sus medios de subsistencia o incluso con la vida y otros salgan impunes. He aquí la importancia de hacer realidad el derecho de igualdad y de no discriminación.

Sin defender a estos jóvenes, no hay que estigmatizar. Sea el joven que sea, este debe ser sometido a la ley y la institucionalidad debe de responder. Aún actuando de forma imprudente, estos jóvenes son sujetos de derechos y se encontraron en una situación de alto riesgo. Ojalá el sistema funcionará para que sancionar o proteger, según se amerite, pero sin brindar privilegios.

Considero que, tampoco es válido señalar sin evaluarse a uno mismo. Para el 8 de junio de 2020, 4 días antes de la fiesta clandestina, la PNC informó que tenía 24 mil 47 personas capturadas por infringir las disposiciones presidenciales, de las cuales en su mayoría (93%) son hombres y a su vez 12 mil 829 personas (53%) se encontraban en ebriedad (MINGOB, 2020). Vale la pena recordar que un Estado de Derecho se define por el “principio de gobierno según el cual todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a unas leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia” (ACNUD, 2020). Mientras no fortalezcamos la institucionalidad para hacer acatar la ley, será más difícil poder salir de esta pandemia. Algunos políticos, empresarios y militares con su poder político-económico bloquean, obstruyen y compran voluntades del sistema de Gobierno que debería dar con los responsables de dicha fiesta, con la que se procura la impunidad y se mantiene el privilegio en Guatemala.

 

Bibliografía

La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUD). (23 de junio de 2020). Quienes somos. https://www.ohchr.org/sp/aboutus/Pages/WhoWeAre.aspx

Soy 502. (23 de junio de 2020 a). Situación nacional. Covid-19. https://www.soy502.com/covid19

Soy 502. (26 de junio de 2020 b). Dueños de mueblería en ruta a El Salvador pagan multa y reabren. https://www.soy502.com/articulo/duenos-muebleria-ruta-salvador-pagan-multa-reabren-32419#gsc.tab=0

Prensa Libre.  (25 de junio de 2020). Ervin Mayén es destituido como director de la PNC y nombran a José Tzubán. https://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/ervin-mayen-es-destituido-como-director-de-la-pnc-y-nombran-a-jose-tzuban/

El Periódico. (23 de junio de 2020). Gobernación entregará este miércoles un informe sobre la fiesta clandestina en una mueblería. https://elperiodico.com.gt/nacion/2020/06/17/gobernacion-entregara-este-miercoles-un-informe-sobre-la-fiesta-clandestina-en-una-muebleria/

Gobierno de Guatemala. (2020 b). Disposiciones presidenciales en caso de calamidad pública y órdenes para el estricto cumplimiento. https://sgp.gob.gt/wp-content/uploads/2020/05/DISPOSICI%C3%93N-03-05-2020.pdf

Gobierno de Guatemala. (2020 a). Decreto Gubernativo Número 6-2020. http://www.periodicomoneda.com/20200615/decreto.pdf

La Hora. (2020). A una semana de fiesta clandestina, sin información de avances en diligencias. https://lahora.gt/a-una-semana-de-fiesta-clandestina-sin-informacion-de-avances-en-diligencias/

Prensa Comunitaria. (2020). Las dos Guatemalas: la que apresa a cuatro agricultoras mayas y la que todo le permite a quien tiene poder. https://www.prensacomunitaria.org/las-dos-guatemalas-la-que-apresa-a-cuatro-agricultoras-mayas-y-la-que-todo-le-permite-a-quien-tiene-poder/

Ministerio de Gobernación. (MINGOB). (23 de junio de 2020). Mingob cerrará negocio en el que se celebró una fiesta en medio de las restricciones por Coronavirus. https://www.prensalibre.com/ciudades/guatemala-ciudades/mingob-cerrara-negocio-en-el-que-se-celebro-una-fiesta-en-medio-de-las-restricciones-por-coronavirus-breaking/

Ministerio de Gobernación. (MINGOB). (23 de junio de 2020). PNC detuvo a 12 mil personas bajo efectos de licor en toque de queda. https://mingob.gob.gt/pnc-detuvo-a-12-mil-personas-bajo-efectos-de-licor-en-toque-de-queda/

Organismo Judicial (OJ). (23 de junio de 2020). Código Penal. http://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20Leyes%20Penales/expedientes/01_CodigoPenal.pdf