AMPLIACIÓN DE INTEGRANTES DENTRO DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO –CODEDE-

ANTECEDENTES:

En el departamento de Alta Verapaz la población juvenil, es un sector vulnerable al que no se le brinda la atención adecuada para su desarrollo integral, en la actualidad son víctimas de la delincuencia organizada, falta de oportunidades laborales, embarazos a temprana edad, matrimonios forzados, trata de personas, conflictividad agraria, deserción escolar, migración interna y externa, discriminación y exclusión. Todos estos factores condicionan a que la mayoría de jóvenes vivan en pobreza y pobreza extrema. Como respuesta a este contexto algunos municipios han creado políticas públicas; en base a ello se identificaron las demandas de los jóvenes, priorizando como necesidad la creación de Oficinas Municipales de Juventud.

En los últimos gobiernos los temas de juventud fueron tomados en distintos programas de fortalecimiento, actividades sociales y educación integral, en aquel entonces la administración 2008-2012 implemento el Programa de Cohesión Social a través de Escuelas Abiertas, un espacio donde los jóvenes tenían recreación y motivación, pero no se cumplieron las metas y objetivos planificados. En la administración 2012-2016 se nombró directamente a un Delegado Departamental de Juventud en representación de CONJUVE en el Departamento, pero al pasar del tiempo y cumplir el periodo no se logró ningún tipo de acercamiento a las Oficinas Municipales de la Juventud, Organizaciones de Juventud y menos el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional de la Juventud 2012-2020, creada en ese periodo.

La tabla 1, nos muestra  los datos cuantitativos según el rango etario de la Política Nacional de Juventud 2016-2020, tipifica que son jóvenes adolescentes entre las edades de 13 a 17 años y jóvenes adultos entre los 18 a los 29 años.

Tabla. No. 1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
COORDINACIÓN REGIÓN 2, DELEGACIÓN DEPARTAMENTAL DE ALTA VERAPAZ
Proyecciones de Población del año 2015, según rango de edad
De 13 a 29 años
HombresMujeresTotal
CódigoMunicipioCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje
1601Cobán4484234.16%4354433.83%8838634.00%
1602Santa Cruz Verapaz726534.15%739733.83%1466233.99%
1603San Cristóbal Verapaz1106634.16%1122733.83%2229333.99%
1604Tactic623534.15%673933.83%1297433.98%
1605Tamahú384634.15%373233.83%757833.99%
1606Tucurú774834.16%759733.83%1534533.99%
1607Panzós1091834.15%1064833.83%2156633.99%
1608Senahú1200934.15%1188333.83%2389233.99%
1609San Pedro Carchá4068134.16%4171233.83%8239333.99%
1610San Juan Chamelco1076334.16%1079133.83%2155433.99%
1611Lanquín455734.16%460733.83%916433.99%
1612Cahabón1113634.15%1081533.83%2195134.00%
1613Chisec1252533.96%1233633.70%2486133.83%
1614Chahal485034.15%504433.83%989433.99%
1615Fray Bartolomé de las Casas1179534.15%1200033.83%2379533.99%
1616Santa Catarina la Tinta705834.15%717033.83%1422833.99%
1617Raxruhá624833.96%615333.71%1240133.84%
Total:21354234.14%21339533.82%42693733.98%
Cobán, Alta Verapaz, 20 de Febrero del 2018.

Tabla No. 2.

Refleja que Alta Verapaz cuenta con un nivel de alfabetismo del 68.2% de su población de los cuales el 8% llega a nivel diversificado, en nivel básico solo 18.3 % y solo el 2% accede a la educación superior

FUNDAMENTO LEGAL

  • Artículo 28 de la constitución Política de la República de Guatemala, que norma` la petición a la autoridad la cual está obligada a tramitarla y resolverlas conforme a la ley.
  • Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Articulo 10. Inciso b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y sus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones, para el desarrollo integral del departamento.
  • Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Articulo 19  Ampliación de la integración de los Consejos Nacional, Regionales y Departamentales, podrá llevarse a cabo  a solicitud de los representantes de otros movimientos sociales, formalmente organizados que surjan y lo soliciten al consejo en cuya jurisdicción tenga interés. 
  • Artículo 24. Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Decreto 11-2002 del Congreso de la Republica y Articulo 28 de su Reglamento, Acuerdo Gubernativo 461-2002 y su reformas, establecen las funciones de las comisiones de trabajo de los consejos de desarrollo para emitir opinión, desarrollar temas y asuntos por encargo del consejo correspondiente.
  • Reglamento de la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Articulo 14 Ampliación de la Integración de los Consejos de los distintos niveles.   Para que los jóvenes de la localidad y Coordinadores de las oficinas Municipales de la juventud de cada municipio de Alta Verapaz, cuenten con un lugar donde puedan solicitar apoyo cuando tengan alguna necesidad de gestión u otro tipo de solicitud. 
  • Acta 01-2018 del Consejo Departamental en Pleno en el que se nombra la presente Comisión para emitir opinión técnica para la ampliación de los integrantes del pleno del Consejo Departamental de desarrollo de Alta Verapaz

ANÁLISIS

  1. La comisión específica creada en  fecha 9 de febrero en la primera sesión ordinaria del CODEDE, se reúne en las oficinas de COREDUR Norte el día jueves 19 de febrero, donde se analiza las peticiones realizadas por el representante de la Sociedad Civil. En la que asistieron: Sr. Aníbal Marroquín e Inga. Alejandra Pivaral representantes del COREDUR Norte, Prof. Roberto Já Caal, Alcalde Municipal de Santa Cruz Verapaz, Sr. Jeremías Caal representantes de Organizaciones Campesinas, Sr. José Quej representante del pueblo Poqomchi´,  Josué David Pacay Delegado Departamental  del Consejo Nacional de Juventud –CONJUVE-, Olga Esperanza Mó Choc, Celso Calel Véliz de la Asociación Civil Paz Joven Guatemala, Oscar Bailón Red de Organizaciones Juveniles de Alta Verapaz –ROJAV-,  Josué Edgar René Coy Ac Asociación de Jóvenes para el Desarrollo y Rescate social, AJODER.
  1. Los representantes de las asociaciones juveniles de Alta Verapaz realizan un análisis contextual sobre los problemas de la juventud y por el cual son afectados severamente, tales como la violencia, la pobreza, embarazos en adolescentes, estigma, discriminación, desigualdad de género, el desempleo, entre otros. Preocupados por este panorama,  ve la importancia de  la reconstrucción del tejido social y político para reforzar estructuras y mecanismos de participación juvenil, incremento de recursos con calidad para la implementación de políticas públicas, programas y proyectos, así como el fortalecimiento de espacios auténticos para la participación protagónica de adolescentes y jóvenes que representan el 33.98% de la población de las distintas áreas y grupos originarios del Departamento de Alta  Verapaz.
  1. CONJUVE como el ente rector de la juventud informa: Que las asociaciones juveniles del departamento de Alta Verapaz, cuentan con personería jurídica y se encuentran legalmente registradas ante el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación por lo que no hay impedimento legal para que se pueda hacer el proceso de acreditación y nombramiento de un  titular y un suplente con voz y voto en el pleno del Consejo Departamental, quienes serán electos mediante la convocatoria de los representantes de jóvenes de los 17 municipios de Alta Verapaz en un proceso democrático y participativo.
  1. De acuerdo a los procedimientos legales para la ampliación de comisiones dentro del –CODEDE-, no se encuentra ningún impedimento legal para la creación de la Comisión Departamental de Juventud.

OPINIÓN

  1. Un miembro de la comisión específica hará una presentación en la reunión ordinaria de CODEDE el día 23 de marzo de 2018, sobre contexto actual de la juventud del departamento.
  1. La Comisión Específica determina que es procedente la realización del proceso de acreditación y nombramiento de un titular y un suplente de representantes de juventud para ser parte del pleno del Consejo Departamental de Alta Verapaz con voz y voto.
  1. La Comisión Específica sugiere que se active e integre la Comisión Departamental de Juventud con instancias gubernamentales y no gubernamentales que sean parte del pleno del consejo que trabajen y contribuyan con el desarrollo integral de la Juventud.

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